Tipo de Norma: Ley
Número: 716
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00716Res Leg. N,° 716
Exoneración de derechos alas imágenes y melodioum importados por las Religiosas Reparadoras de los SS. Corazones
Lima, 25 de octubre de 1907. Exorno. Señor:
El Congreso ha resuelto que por la a-cluana del Callao se despachen libres de derechos fiscales las imógenes de la Virgen de las Victorias v del Sagrado Corazón y el melodioum importados por las “Religiosas Reparadoras del Sagrado Corazón” de esta capital, para el servicio del culto de esa congregación.
Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines.—Dios guarde
á V. E.--M. C. Barrios, Presidente del
Senado.—Juan Pardo, Diputado Presidente.—D. Matto, Senador Secretario.— Mario Sosa, Diputado Secretario.
Al Excino. Sr. Presidente de la República.
Lima, 21 de diciembre de 1907.
Cúmplase, regístrese, comuniqúese, pu-blíquese y archívese-—Rúbrica de S. E. —Schreiber.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.