Ley Nº 7130

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 07130

DECRETO-LEY N- 7130.

Declarando inválido en plaza al Teniente Coronel de Caballería don Juan Francisco Chávez Vadivia.

LA JUNTA NACIONAL DE

GOBIERNO.

En uso de las facultades legislativas que le confiere el Estatuto de 2 de setiembre

de 1930.

Considerando:

Cite ’os méritos y servicios prestados a la Nación por el Teniente Coronel de Caballería don Juan Francisco Chávez Valdivia, combatiente en la acción de armas de “Torres Causano/’ lo hacen acreedor a la consideración de la Patria;

Que la manifiesta invalidez en que se hal’a el expresado Jefe obedece al reumatismo crónico deformante adquirido en las regiones selváticas del Oriente, durante el largo tiempo de servicios prestados en e-llas;

1 ■—Declárase inválido en plaza al Teniente Coronel de Caballería don Juan Francisco Chávez Valdivia, debiendo revalidarse la cédula de que está en posesión, con la correspondiente a su condición de inválido y tiempo de servicios prestados a la Nación; y

29—El Ministerio de Guerra dispondrá lo conveniente a su cumplimiento.

Dado en la Casa de Gobierno, a los siete días del mes de mayo de mil novecientos treintiuno.

D. SAMANEZ OCAMPO.

J. F. Tamayo. — U. Reátegui. — Rafael Larco H. — José Gálvez. — Gustavo A. Jiménez. —> Federico Díaz Dulanto.

Por tanto: mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete dias del mes de mayo de mil novecientos treintiuno.

D. SAMANEZ OCAMPO.

Decreta:

Gustavo A. Jiménez.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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