Tipo de Norma: Ley
Número: 7030
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07030DECRETO LEY N* 7030
Autorizando al Ministerio de Hacienda para abrir un crédito extraordinario por la suma de S|o, 250.000.00), destinado a cubrir los gastos que demande el restablecimiento del orden público.
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE
GOBIERNO
Por cuanto:
La Junta de Gobierno ha dado el decreto*
ley que sigue:
LA JUNTA DE GOBIERNO Considerando:
Que es necesario adoptar las medidas necesarias para realizar los gastos que se requiera para debelar los movimientos subversivos del Callao, Arequipa y Cuzco: y
Que el artículo 18 de la ley orgánica de presupuesto ziutoriza. la apertura de créditos extraordinarios en casos excepcionales como el presente;
Decreta:
1°—Autorízase al Ministerio de Hacienda
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.