Ley Nº 7027

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Tipo de Norma: Ley

Número: 7027


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 07027

DECRETO-LEY No. 7027

Suspendiendo los efectos de la ley de desahucio, por el plazo de 180 días improrrogables,

LA JUNTA DE GOBIERNO Considerando:

Que es deber del Estado dictar las mcdi das necesarias para impedir que las clases menesterosas sufran las consecuencias de la paralización de labores y la falta consiguiente de trabajo;

Que entre tales medidas ocupa lugar preferente la relativa al pago de alquileres de las casas-habitación;

Que es necesario, a la vez, cautelar el derecho de los propietarios contra posibles inescrupulosidades de quienes, no encontrándose en la condición de menesterosos, pretendan acogerse a los beneficios conferidos a estos;

Decreta :

Suspéndense los efectos de la ley de desahucio, por el plazo de 180 dias improrrogables, contados a partir de la fecha, para los contratos de locación-conducción cuya



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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