Tipo de Norma: Ley
Número: 7020
documento PDF
07020A. Beingolea. Bustamante R. Bustamante S. C. Rotalde.
DECRETO-LEY No. 7020
Mandando abrir un crédito extraordinario
por la suma de S|o. 109,090.00, destinado a cubrir, durante los meses de enero, febrero y marzo del año 1931, el Presupuesto del Tribunal de Sanción Nacional.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de febrero de mi! novecientos treinta y uno.
LUIS M. SANCHEZ CERRO.
E. Montagne. — J. L. M. E. Rodríguez. — P. J. Alejandro Barco. —
LA JUNTA DE GOBIERNO
Considerando:
Oue por Decreto-ley de 24 de enero último se ha prorrogado para el primer trimestre del presente año, tres doceavos del Presupuesto General para el año 1930;
Que el Tribunal de Sanción Nacional no tiene partida a que cargar el gasto que ocasione su funcionamiento durante los citados meses; y
En uso de las facultades extraordinarias que le confiere el Estatuto de 2 de setiembre del año próximo pasado;
Decreta:
1-—Abrase un crédito extraordinario por la suma de ciento nueve mil noventa soles oro (S]o. 109,090.00), destinado a cubrir, durante los meses de enero, febrero y marzo del presente año, el Presupuesto del Tribunal de Sanción Nacional, aprobado por resoluciones supremas números 544 de 26 de setiembre de 1930, 600 de 12 de noviembre del mismo año y número 22 de 4 del actual.
2*—La expresada suma se tomará provisionalmente de los fondos del Presupuesto vigente, con cargo de ser reintegrados
con las primeras cantidades que recupere el Estado de los presuntos defraudadores de las rentas fiscales .
“7~, Dirección de Contabilidad dis-rá Que» de conformidad con el Decre-
°* cy, se abra una cuenta especial, que se
enommará “Servicios Tribunal Sanción
*'acional”
Por tanto:
Mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Rúbrica del Presidente de la Junta de Gobierno.
Bustamante R.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.