Tipo de Norma: Ley
Número: 697
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00697LEY N. 697
Comisaría de Huari
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto e! Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de Ir República Peruana
Ha dado la ley siguiente:
Articulo l.9— Créase una comisaría rural en la provincia de Huari del departamento de Ancash, con el personal de un comisario, un cabo secundo v seis
gendarmes á caballo.
Artículo 2.°—Consígnese en en el presupuesto general de la República las siguientes partidas para el sostenimiento de dicha comisaría:
A! mes
Al año
I>p.
Lp.
Para un comisario.....
5.0.00
60.0.00
,, un cabo segundo
,, seis gendarmes, á 2 libras ea-
2.2.00
26.4- 00
da uno......... 12.0.00 14-4-.0.00
,, gratificación de ocho caballos, á tres soles ea-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.