Ley Nº 6949

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Número: 6949


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 06949

Decreta:

DECRETO-LEY N° 6949

Derogando la ley No. 5166 de 26 de julio

de 1925.

LA JUNTA DE GOBIERNO

Considerando:

Que todos los delitos cometidos durante

la administración fenecida deben ser- san* donados, especialmente los de carácter común ;

Que la ley N° 5166 de 26 de julio de 1925. ordenaba cortar los juicios iniciados con relación a los sucesos de Cajamarca del. año 1924;

Que dicha ley es anticonstitucional por Mue_ no puede calificarse como concesoria de un indulto, el cual solo procede cuando se trata de delincuentes ya juzgados y condenados por el Poder Judicial; ni cabe tam poco atribuirle los alcances de una ley de amnistía, pues ésta solo tiene lugar tratándose^ de cielitos políticos y no comunes como tueron los perpetrados en Cajamarca;

Artículo único.—Derógase la mencionada ley N° 5166 de 26 de julio de 1925, y en consecuencia quedan expeditos los Tribunales de Justicia para conocer de todos los juicios derivados de tales sucesos.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de noviembre de mil novecientos treinta.

LUIS AI. SANCHEZ CERRO.

A. Beingolea. — J. Alejandro Barco. — Luis Bustamante R. — Manuel E. Rodríguez. — M. A. Olaechea. — Ernesto Mon-tagne. — C. Rotalde.

Por tanto:

Alando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de noviembre de mil novecientos treinta.

LUIS M. SANCHEZ CERRO.

Bustamante R.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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