Ley Nº 6945

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Número: 6945


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 06945

DECRETO-LEY N* 6945

Transfiriendo la suma de S; 24,000.C0, de la partida No. 167 del Pliego- de Hacienda del Presupuesto General a Ja partida No. 298 del mismo Pliego.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE GOBIERNO.

Por cuanto: La Junta de Gobierno hr. dado el decreto-ley siguiente:

LA JUNTA DE GOBIERNO

Considerando:

Que es necesario continuar atendiendo t—i_ o.—/{&] nrpQpntp año al na-nasta ía iciinmci^iun uvi |/; v«— go de las pensiones de los jubilados y cesantes de los Ramos de Hacienda v Fo-

4T

mentó;

En armonía con lo establecido en el artículo 179 de la Ley Orgánica de Presupuesto N° 4598; y

En mérito del oficio de la Contaduría del Ramo;

Decreta:

Transfiérese la suma de veinticuatro mil soles oro ($. 24,000.00) de la partida N"



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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