Tipo de Norma: Ley
Número: 691
documento PDF
00691LEY N. 691
Telégrafo de Ayacucho á San Miguel
EL PRESIDENTE DELA REPUBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana
Ha dado la ley siguiente:
Art. l.°—Votase en el presupuesto general de la República, por una sola
vez, la sunií^ de mil seiscientas cuarenti-
^ a A- 1 j t -m n r» ^ /*i ^ 4 « 1.-1 / \ a ^ % * « m ^ i \
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.