Tipo de Norma: Ley
Número: 6887
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06887DECRETO-LEY N V6RS7
Disponiendo que los miembros de la Corte Suprema de Justicia de la República que forman el Tribunal de Sanción Nacional, integren para los efectos de las ratificaciones judiciales a que se refiere el artículo 3*’ del decreto-ley N'\ 6875, el expresado Tribunal, sin excluir a los magistrados que interinamente los reemplazan, asumiendo, para ese sólo efecto, la presidencia de la Corte Suprema el Dr. D. Anselmo Ba-rreto.
LA JUNTA DE GOBIERNO
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.