Ley Nº 6861

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Tipo de Norma: Ley

Número: 6861


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 06861

Res. Lkg. N° 6861

Concediendo pensión de montepío a doña

María Hortensia Sologuren Peña

Lima, 28 de marzo de 1930. Señor:

El Congreso, de conformidad con la iniciativa del Poder Ejecutivo, ha resuelto conceder a doña María Hortensia Sologuren Peña, hija del que fué Oficial Segundo de la Administración de Correos del Callao,

don Javier Sologuren, la pensión de montepío de cinco libras (Lp. 5.0.00) mensuales.

Lo comunicamos a usted, para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde usted.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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