Tipo de Norma: Ley
Número: 6856
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06856Ley N° 6856
Consignando partida para aumentar la subvención para el sostenimiento del Hospital de San Juan de Dios de Ayacucho
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Conqreso de la República Peruana.
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único. — Consígnese en el Presupuesto General una partida de mil doscientas libras (Lp. 1,200.0.00), en vez de la de quinientas (Lp. 500.0.00), que figura desde la promulgación de la ley N° 1652 (1), como subvención anual, para el sostenimiento del Hospital de San Juan de Dios de Ayacucho.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario a su cumolimiento.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.