Ley Nº 6832

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Tipo de Norma: Ley

Número: 6832


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 06832

Concediendo pensión de montepío a doña María Eduviges Arana

Lima, 27 de febrero de 1930.

Señor:

El Congreso, de conformidad con la iniciativa del Poder Ejecutivo V teniendo en cuenta que el Subteniente don Felipe Matute fue muerto en la batalla de San Pablo el 13 de julio de 1882, ha resuelto conceder a su hermana doña María Eduviges Arana, la pensión de montepío de diez libras (Lp. 10.0.00), mensuales.

Lo comunicamos a usted, para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde a usted.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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