Tipo de Norma: Ley
Número: 6646
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06646Ley N9 6646
Autorizando al Poder Ejecutivo para practicar la valuación del frontispicio del Templo de San Marcelo.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Dada en la Sala de Sesiones del Comí re-so, en Lima, a los treinta días del mes de noviembre de mil novecientos veintinueve.
Roberto E. Le guia, Presidente del Senado.
Por cuanto: siguiente:
el Congreso lia dado la ley
F. A, Mariátegul, Presidente de la Cámara de Diputados.
Lauro A. Curletti, Senador Secretario.
e pública.
El Congreso de la República Peruana;
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único. — Autorízase al Poder Ejecutivo, para que mande practicar la valuación del frontispicio del templo de San Marcelo de esta capital, y consigne su importe en el Presupuesto General de la República.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario a su cumplimiento
Guillermo Rey y Lama, Diputado Secretario.
Al-señor Presidente de la 1\
Por tanto: mando se imprima, publique, circule y se le dé ei debido cumplimiento.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de diciembre de mil novecientos veintinueve.
A. B. LLGUÍA.
J. Matías León.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.