Ley Nº 663

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Tipo de Norma: Ley

Número: 663


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 00663

LEY N.° 663

Aumento de haber al intérprete del Ministerio de Relaciones Exteriores

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de ¡a República Peruana

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.—-Auméntase en ocho libras mensuales el haber que actualmente percibe el intérprete del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los veinticinco días del mes de octubre de mil novecientos siete. —M. C. Barrios, Presidente del Senado. —Juan Pardo, Diputado Presidente.— D. Matto, Senador Secretario.— Mario Sosa} Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente déla República.

Por tanto: mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.

Dado en la casa de Gobierno, en Lima, el veinte de noviembre de mil novecientos siete .--José Pardo.—Solón Polo.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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