Tipo de Norma: Ley
Número: 663
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00663LEY N.° 663
Aumento de haber al intérprete del Ministerio de Relaciones Exteriores
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de ¡a República Peruana
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—-Auméntase en ocho libras mensuales el haber que actualmente percibe el intérprete del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento.
Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los veinticinco días del mes de octubre de mil novecientos siete. —M. C. Barrios, Presidente del Senado. —Juan Pardo, Diputado Presidente.— D. Matto, Senador Secretario.— Mario Sosa} Diputado Secretario.
Al Excmo. Sr. Presidente déla República.
Por tanto: mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Dado en la casa de Gobierno, en Lima, el veinte de noviembre de mil novecientos siete .--José Pardo.—Solón Polo.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.