Ley Nº 632

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Tipo de Norma: Ley

Número: 632


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 00632

LEY N°. 632

Supresión de un empleo en el Ministeib de Fomento

EL PRESIDENTE DELA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha ciado la ley siguiente:

El Congreso de hi República Peruana

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.—Suprímese el puesto de ayu ante del ingen ero adscrito al ramo tde aguas en el ministerio de Fomento, á que se refiere la partida 7010a del presupuesto general vigente.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Dada en la sala de sesiones del Congreso,en Lima, á los veinticinco dias del mes de octubre de mil novecientos siete.—M. C. Barrios, Presidente del Senado.— —-Juan Pardo, Diputado Presidente.— Víctor Castro Iglesias, Senador Secretario. — Mario Sosa, Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente de la República.

Por tanto: mando se imprima, publique v circule v se le dé el debido cumplimiento.

Dado en la casa de Gobierno, en Lima, á los doce días del mes de noviembre de mil novecientos siete.—José Pardo. Delfín Vid alón.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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