Ley Nº 6270

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 06270

Res. Leg. N9 6270

Aumentando la pensión de montepío de doña Gavina y doña Jesús Diez Canseco.

Guillermo Rey y Lama, Diputado Secretario.

Al señor Presidente de la República.

Lima, 23 de octubre de 1928. Cúmplase, comuniqúese y publíquese. Rúbrica del señor Presidente.

Sayán Palacios..

Lima, 18 de octubre de 1928. Señor:

El Congreso, de conformidad con la iniciativa del Poder Ejecutivo, ha resuelto aumentar a quince libras (Lp. 15.0.00) mensuales, la pensión de montepío de que en la actualidad disfrutan doña Gabina y doña Jesús Diez Canseco, hijas del que fué Sargento Mayor don Octavio Diez Canseco.

Lo comunicamos a usted, para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde a usted.

Roberto E. Leguia, Presidente del Senado.

C. Manchego Maños, Diputado Presidente.

Octavio C. Ca&anave, Senador Secretario.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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