Tipo de Norma: Ley
Número: 62
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00062Res. leg. N.°62 Agua potable de Locumba
Lima, SI de agosto de 1905.
Excmo. Señor:
El Congreso, teniendo en consideración la escasez de rentas de la H Junta
departamental de Tacna ha resuelto exonerar del pago de derechos de Aduana, la cañería de fierro destinada á la obra del agua potable de Locumba, que debe internarse por el puerto de lio, siendo el límite de esta exoneración la cantidad de doscientas libras [£ 200].
Lo comunicamos á Y. E. para su conocimiento y demás fines.
Dios guarde á V. E. — M. Irigoyen. Presidente del Senado. — Antonio Miró Quesada, Presidente de la Cámara de Diputados.— Víctor Castro Iglesias, Secretario del Senado. —F. Málaga San-tola ¡la, Diputado Secretario.
Excmo. señor Presidente de la República
Lima, 9 de setiembre de 1905.
Cúmplase, comuniqúese, regístrese y publíquese. — Rúbrica de S. E. —Leguia.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.