Ley Nº 61

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Tipo de Norma: Ley

Número: 61


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 00061

Bes, leg. N.° 61 Monumento al Lr. Pino

Lima, 31 de agosto de 1905.

Excmo. señor:

El Congreso, ha resuelto exonerar del pago de derechos fiscales de importación, el monumento destinado á perpetuar la memoria del ciudadano doctor don José Manuel Pino, que se ha erigido en la ciudad de I’un o.

Lo comunicamos á Y. E. para su conocimiento v demás fines.

Dios guarde á V. E. — M. Irigoyen. Presidente del Senado. — Antonio Miró Quesada, Presidente de la Cámara de Diputados.— José Manuel García, Senador Secretario. — Luis Julio Menénde, Diputado Secretario.

Excmo. señor Presidentede la República.

Lima, 9 de setiembre de 1905.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese y publíquese.— Rúbrica de S. E —LeguíaJ



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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