Tipo de Norma: Ley
Número: 6171
documento PDF
06171Res. Leg. N* 6171
Créditos suplementarios para el ramo de Justicia.
Lima, 31 de marzo de 1928. Señor:
El Congreso ha resucito autorizar n.0 Poder Ejecutivo, para la apertura de los siguientes créditos suplementarios a las partidas que se indican a continuación: N 475 “para atender al pago de las pensiones de jubilados y cesantes del Ramo", por cinco mil libras (Lp. 5,000.0.00). y
TV«KlL^o
NT* ARA loo n on o f ii’mimo n
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.