Tipo de Norma: Ley
Número: 6060
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06060Ley N9 6o6o
Autorizando la entrega a la Beneficencia de Lima, de Lp. 22,000, en bonos de la Deuda Interna, como compensación pop las fincas adyacentes al Hospital Militar.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de ¡a República Peruana
Ha dado la ley siguiente:
Artículo i°—Autorízase al Poder Ejecutivo para (pie entregue a la Sociedad de Beneficencia Pú1>lie;> de Lima, la cantidad
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.