Ley Nº 5987

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Tipo de Norma: Ley

Número: 5987


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 05987

T,ey N* 5987

Consignando partida para la construcción i.de una iglesia en Salaverry.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.—Consígnese en el Pre-supuesto General la suma de mil libras (Lp.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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