Tipo de Norma: Ley
Número: 5968
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05968Res. Leg. N" 596S
Crédito extraordinario para el ramo de Fomento.
Lima, 31 de diciembre de 1927.
Señor:
E! Congreso lia resuelto autorizar ¿*í Poder Ejecutivo, para la apertura de un crédito extraordinario de seis mil quinientas libras
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.