Tipo de Norma: Ley
Número: 5857
documento PDF
05857Ley N° 5857
Modificando el artículo 113 de la Constitución del Estado.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley
siguiente:
o
El Congreso de la República Peruana
Lía dado la ley siguiente:
Artículo Io—Sustituyese el artículo 113 de la Constitución del Estado con el siguiente: “El Presidente durará en su cargo cinco años y podrá ser reelecto”.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.