Tipo de Norma: Ley
Número: 5795
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05795Res. Leg. N9 5795
Reconociendo el derecho de D. Víctor R. Benavides, para el percibo de pensio-siones devengadas.
Lima, 25 de marzo ele 1927.
Señor:
El Congreso ha resucito que don Víctor R. llena vides tiene derecho a percibir las pensiones devengadas desde el día 15 de mayo de 1923 en que cesó en el cargo de Vocal del Tribunal Mayor de Cuentas, hasta
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.