Tipo de Norma: Ley
Número: 5794
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05794Res. Leo. Nq 5794-
Crédito suplementario para subvencionar a las Sociedades de Beneficencia Pública.
Lima, 25 de enero de 1927.
Señor:
El Congreso ha resuelto autorizar al Poder Ejecutivo para la apertura de un crédito suplementario por cinco mil libras (Lp. 5,000.0.00) a la partida No. 485, para subvencionar a las Beneficencias Públicas
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.