Ley Nº 5723

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 05723

Res. Leg. N 5723

Premio pecuniario a doña Manuela Aquilina Otero.

Lima, 25 de enero de 1927. Señor:

El Congreso ha resuelto conceder a doña Manuela Aquilina Otero, un premio pecuniario de quinientas libras (Lp. 500.0.00).

Lo comunicamos a usted, para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde a usted.

E. de la Piedra, Presidente del Senado.

Jesús M. Solazar, Presidente de la Cámara de Diputados..

M. D. Gonzalos, Senador Secretario.

Eduardo Escribens Correa, Diputado Secretario .

Al señor Presidente de la República.

Lima, 17 de febrero de 1927.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, pu-bliquese y archívese.

Rúbrica del Presidente de la República.

Masías.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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