Ley Nº 5722

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Tipo de Norma: Ley

Número: 5722


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 05722

Res. Leg. N° 5722

Crédito suplementario para el ramo de Guerra.

Lima, 25 de enero de 1927.

Señor:

El Congreso ha resuelto autorizar al Poder Ejecutivo para la apertura de un crédito suplementario de quince mil libras (Lp. K.000.0.00), a la partida No. 13, ‘‘para ra-



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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