Tipo de Norma: Ley
Número: 5630
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05630Res. Leg N9 5630
Crédito suplementario para el ramo de Fomento.
Lima, 31 de diciembre de 1926.
Señor:
El Congreso lia resuelto autorizar al Poder Ejecutivo, para la apertura de un crédito suplementario por Lp. 50.000.0.00, a a partida N9 190 para “puentes y caminos”,
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.