Ley Nº 551

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Tipo de Norma: Ley

Número: 551


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 00551

LEY N.° 551

Ensanche del hospital “Dolores” de Huacho.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBEICA

Por cuando el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana

Ha dado la ley siguiente:

Artículo Io.—Votase en cada uno de los presupuestos departamentales de Lima para 1D08 y 1909, una partida de quinientas libras para ensanchar el hospital “Dolores” de la ciudad de Huacho, y para adquirir c instalaren él una estufa de desinfección y un servicio higiénico.

Art. 2o—La Junta Departamental referida dispondrá lo conveniente para la mejor ejecución de las obras indicadas

en el ¿lidíenlo ¿interior



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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