Ley Nº 5432

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Tipo de Norma: Ley

Número: 5432


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 05432

Ley N* 5432

Concediendo un local a la Compañía di Bomberos “Roma”

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Pqr cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único. — El Poder Ejecutivo

concederá el USO de un local de nrnnieHad



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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