Ley Nº 539

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Tipo de Norma: Ley

Número: 539


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 00539

LEY N.* 539

Saneamiento de Hnaraz

EL PRESIDENTE DELA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.—Consígnese en el Presupuesto General de la República para 1908 una partida de mil quinientas libras, y otra de dos mil libras en cada uno de los correspondientes á 1909 y 1910, para la ejecución de las obras de saneamiento de la ciudad de Huaraz, á que se refiere la ley N°. 345.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplí-



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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