Ley Nº 5301

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 05301

Res. Leg. N° 5301

Premio peculiario a doña Maria Luisa La Torre e hijos, como viuda del doctor Juan de Dios Lora y Cordero.

Lima, 17 de noviei

bre de 1925.

II

Señor:

El Congreso, atendiendo a los merutorios servicios prestados a la Nación por el doctor don Juan de Dios Lora y Cordero, ha resuelto conceder a la viuda de éste, doña

Maria Luisa La Torre y a sus menores hijos, un premio de mil libras, que se consignaran en el Presupuesto General.

Lo comunicamos a usted, para su conocimiento y demás fines.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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