Tipo de Norma: Ley
Número: 5293
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05293Ley N9 5293
Elevando a la categoría da villa el pueblo de Alapampa, en la Provincia de Pallases.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto : El Congreso ha dado la ley siguiente.
El Congreso de la República Peruana. Ha dado la ley siguiente:
Artículo único. — Elévase a la categoría de villa el pueblo de La Pampa, capital del distrito de su nombre, en la provincia de Pallasca.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario a su cumplimiento.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.