Tipo de Norma: Ley
Número: 5286
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05286Res. Leg. N9 5286
Autorizando al Poder Ejecutivo para abrir
un crédito suplementario para el ramo de Fomento.
Lifna. 16 de noviembre de 1925.
Señor:
El Congreso ha resuelto autorizar al Poder Ejecutivo para la apertura de un crédito suplementario por ocho mil quinientas libras (Lp. 8,500.0.00), a la partida N9 259 del pliego de Fomento del Presupuesto General vigente, con cargo a los mayores ingresos del indicado Presupuesto.
Lo comunicamos a usted, para su conocimiento y demás fines.
Dios guarde a Ud.
E. de la Piedra, Presidente del Senado.
F. A. Mariátcgui, Presidente de la Cámara de Diputados.
Julio Revoredo, Secretario del Senado.
Eduardo C. tari o.
as adre,
Diputado
Secre-
A1 señor Presidente de la República.
Lima. 18 de noviembre de 1925.
Cúmplase, comuniqúese, publíquese, regístrese y archívese.
Rúbrica del Presidente de la República.
Masías.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.