Tipo de Norma: Ley
Número: 5272
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05272Ley N9 5272
Liberando de derechos los útiles y aparatos destinados a los ejercicios físicos de los establecimientos de instrucción.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso lia dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana lia dado la ley siguiente:
Artículo único.—Quedan liberados dq.de-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.