Tipo de Norma: Ley
Número: 5172
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05172Ley N.° 5172
Autorizando al Poder Ejecutivo para liberar de derechos las maquinarias y materiales que se introduzcan al país, con el propósito de reconstruir las propiedades rústicas y urbanas que hubiesen sufrido daños con motivo de las inundaciones.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley
siguiente:
El Congreso de la República Peruana Ha dado la ley siguiente:
Artículo único. — Autorízase al Poder Ejecutivo para conceder, previa comprobación. la liberación de derechos á las maquinarias y materiales que, para reparar ó reconstruir sus propiedades rústicas y urbanas, traten de introducir los que han sufrido daños con las inundaciones en los diversos lugares de la república. Esta autorización caducará el 31 de diciembre del presente año.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.