Tipo de Norma: Ley
Número: 5171
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05171Ley N.° 5171
Disponiendo que el sobre impuesto a que se refiere la ley Regional No. 223, se dedique íntegramente a las obras de agua y desagüe de la ciudad de Chincha Alta.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Por cuanto: el Congreso ha dado la ley
siguiente:
El Congreso de la República Peruana
Ha dado la ley siguiente:
Artículo i.°—El sobreimpuesto de veinte centavos por quintal de algodón limpio, que se exporta de la provincia de Chincha, creada por la ley regional número 233 (*), se dedicará íntegramente á las obras de agua y desagüe de la ciudad de Chincha Alta.
Artículo 2.0—El producto de dicho sobreimpuesto se entregará, á disposición del Ministerio de Fomento, á la Caja de Depósitos
y Consignaciones, hasta la terminación de las obras á que se refiere el artículo anterior.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario á su cumplimiento.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso, en Lima, á los treinta y un días del mes de julio de mil novecientos veinticinco.
E. de la Piedra, Presidente del Senado.
F. A. Mariátegui, Presidente de la Cámara de Diputados.
M. D. Gomales, Senador Secretario.
Eduardo C. Basadre, Diputado Secretario.
Al señor Presidente de la República.
Por tanto:
Mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Casa de Gobierno, Lima, cinco de agosto de mil novecientos veinticinco.
A. B. LEGUIA.
Benjamín Huamán de los Heros.
(*) — Ley regional 233 (Centro)
Artículo único. — Créase en la provincia de Chincha un impuest0 adicional de veinte centavos por cada quintal de algodón limpio, que se destinará íntegramente á la adquisición de gabinetes de física y geografía, laboratorio de química y museo de historia natural, para el colegio de instrucción media de la mencionada provincia. Este impuesto se hará efectivo hasta que se haya reunido la cantidad necesaria para la referida adquisición.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.