Tipo de Norma: Ley
Número: 5112
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05112Reparación de un templo en Moyobamba.
Ley. N.° 5112.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana. Ha dado la ley siguiente:
Artículo único. Apliqúese a la reparación del templo del Señor del “Perdón”,
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.