Tipo de Norma: Ley
Número: 5111
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05111Juzgado de Crimen para la Provincia de
Pacasmayo.
Ley N° 5 i i i
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana.
Ha dado la ley siguiente:
Artículo i.° Créase en la provincia de Pacasmayo el Juzgado del Crimen, a cargo de un Juez de instrucción, un escribano y un alguacil.
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.