Tipo de Norma: Ley
Número: 5096
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05096Escuela de Artes y Oficios para la Provincia de Pacasmayo.
Ley N.° 5096
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso ha dado la lev siguiente:
El Congreso de la República Peruana.
Ha dado la ley siguiente:
Artículo l.° Apliqúese el impuesto creado por la ley de 27 de octubre de 1891, inciso Io y 2o del artículo Io, en cuanto se refiere al arroz producido en la provincia
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.