Ley Nº 5056

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 05056

Res. Leg. N.° 5056

Reconocimiento de servicios de don Luis de Izcue.

CELESTINO MANCHEGO MUÑOZ.

ier. Yice-Presidente de la Cámara de Diputados.

Ejerciendo como Presidente del Congreso. la facultad que le concede el artículo 1C6 de la Constitución del Estado;

Por cuanto: el Congreso ha dado la ley

si fruiente:

Lima, 13 de febrero de 1925.

Señor:

El Congreso, de acuerdo con la propuesta del Poder Ejecutivo ha resuelto reconocer a don Luis de Izcue, veintidós años, cuatro meses, cuatro días de servicios prestados a la Nación, en el ramo de Hacienda, hasta el 31 de diciembre de 1921.

Lo comunicamos a usted, para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde a Ud.

Guillermo Rey Presidente del Senado.

F. A. Marmtcnm. Presidente de la Cámara de Diputados.

F. M. del Prado, Senador Secretario.

Eduardo C. Basadre, Diputado Secretario.

Al señor Presidente de la República.

Por tanto: y no habiendo sido promulgada oportunamente por el Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 106 de la Constitución, mando se imprima, publique, circule y comunique al Ministerio de Hacienda, para que disponga lo necesario a su cumplimiento.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintiocho días del mes de febrero de mil novecientos veinticinco.

C. Manchego Muñoz, Presidente del Congreso.

Juan Cobián, Diputado Secretario del Congreso.

Leoncio F. VÜlacorta, Diputado Secretario del Congreso.

Lima, 6 de marzo de 1925.

Cúmplase, regístrese, publíquese y archívese. de la Piedra.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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