Ley Nº 5050

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Tipo de Norma: Ley

Número: 5050


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 05050

Ley N.° 5050

Premia pecuniario a doña Clotilde Víale.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:

O

El Congreso de la República Peruana

Pía dado la ley siguiente;

Artículo único.—Asígnase a doña Clotilde Víale, hija de don Francisco Víale, vencedor en el combate del 2 de mayo de 1866, un premio de quinientas libras ele oro, que se consignarán en el Presupuesto General.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para míe disponga lo necesario a su cumplimiento.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso, en Lima, a los seis días del mes de febrero de mil novecientos veinticinco.

Guillermo Rey, Presidente del Senado.

F. A. Mariátegui, Presidente de la Cámara de Diputados.

M. D. Gonzáles, Senador Secretario.

Eduardo C. BasadreDiputado Secretario.

Al señor Presidente de la República. Por tanto:

Mando se imprima, publique, circule y

se le dé el debido cumplimiento.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de febrero de mil novecientos veinticinco.

A. B. LEGUIA.

Juan Manuel de La Torre.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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