Ley Nº 5048

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 05048

Res. Leg. N.° 5048

Autorizando la habilitación de varias partidas del ramo de Guerra.

Lima, 18 de febrero de 1925.

Señor:

El Congreso, ha resuelto autorizar al Poder Ejecutivo, para que habilite las siguientes partidas del capítulo VIII, del pliego de Guerra, del Presupuesto General vigente, por las cantidades que en seguida se indican, sumas que se tomarán de la partida No. 174, capítulo XXXVI del mismo pliego, destinada a la “compra de caballos y mulos”, que deja sobrante.

A. —Partida No. 52, para 33 jefes y oficiales con 4 hijos, con la suma de Lp.

300.0. 00.

B. —Partida No. 53, para 17 jefes y oficiales con 5 hijos, con la cantidad de

Lp. 250.0.00.

C. —Partida No. 54, para 14 jefes y oficiales con 6 hijos, con la suma de Lp.

250.0. 00.

D. —Partida No. 55, para 1 jefe con 7 hijos, con la cantidad de Lp. 50.0.00.

E. —Partida No. 56, para 6 jefes y oficiales con 8 hijos, con la suma de Lp.

250.0. 00.

F.—Partida No. 57, para 2 jefes y oficiales con 9 hijos, con la cantidad de Lp.

100.0. 00.

Lo comunicamos a usted, para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde a Ud.

Guillermo Rey, Presidente del Senado. F. A. Mariáteaui. Presidente de la Cá-

kS /

mara de Diputados.

E. M: del Prado, Senador Secretario

Eduardo C. B as adre, Diputado Secretario.

Al señor Presidente de la República.

Lima, 3 de marzo de 1925.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese y pu-blíquese.

Rúbrica del Presidente de la República.

F. Málaaa Santolalla.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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