Ley Nº 4998

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 04998

Res. Leg. N.° 4998

Indulto al reo Carlos Aliaga.

Lima, 24 de diciembre de 1924. Señor:

El Congreso, en ejercicio de la atribu ción que le confiere el inciso 20 del artícu

lo 83 de la Constitución, ha resuelto indultar al penitenciado Carlos Aliaga, del tiempo que le falta para cumplir su condena.

Lo comunicamos a usted, para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde a Ud.

'Guillermo Rey, Presidente del Senado.

F. A. Mariátegui, Presidente de la Cámara de Diputados.

M. D. González, Senador Secretario.

Juan Cobián, Secretario de la Cámara de Diputados.

Al señor Presidente de la República.

Lima, 27 de diciembre de 1924.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese y pu-blíquese.

Rúbrica del Presidente de la República.

A. Maguiña.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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