Tipo de Norma: Ley
Número: 4983
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04983Ley N.° 4q83
Autorizando la entrega de las primas de los empleados de Aduanas.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana
Ha dado la ley siguiente:
Articulo único.—Autorizase al Pode Ejecutivo para que; haga entregar a los
emoleados de la Simen intendencia fien#»rn
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.