Tipo de Norma: Ley
Número: 4926
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04926Ley N9 4926
Liberando de derechos la importación DE LOS ACEITES MINERALES DE NAFTA O GASOLINA Y GA8-OIL.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana
Ha dado la ley siguiente:
Articula único. — La importación de los aceites minerales de nafta o gasolina y gas-oil serán libre de derechos.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario a su cumplimiento.
Dada en sala de sesiones del Congreso,
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.