Ley Nº 4898

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 04898

Lev Xo 4898

Elévase a la categoría de pueblo el

CASERIO DE TaMSHI YACU, EN LA JURISDICCIÓN DE J QUITOS.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de ¡a República Peruana Ha dado la lej* siguiente:

Articulo único. — Elévese a la categoría de DUeblo el caserío de Tanishi-vann.

(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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