Tipo de Norma: Ley
Número: 4861
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04861Ley N° 4861
Ampliando la ley N. 4607, de la obra
DKL MERCADO DE TUMBES.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICAPor cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único. — Amplíase la ley N. 4607, en el sentido de comürender tam-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.