Ley Nº 4785

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 04785

Res. Leg. 4785

Indulto del reo Gregorio G onza les.

Lima, 22 de noviembre de 1923.

Señor:

El Congreso, en ejercicio de la atribfl' ción que le confiere el inciso 20 del artI culo 83 de la Constitución del Estado, hft resuelto indultar al reo Gregorio Gonzalo del tiempo que le falta para cumplir condena.

Lo comunicamos a usted, para su c(y nocimiento y demás fines.

Dios guarde a Ud.

Guillermo Rey, Presidente del Sen* do.

F. A. Mariategui, Presidente de la

Cámara de Diputados.

_ #

E. C. Eapinoza, Senador Secretario

M. A. Pallete, Diputado Secretario*

Al señor Presidente de la República-

Lima, 24 de noviembre de 1923,

Cúmplase, regístrese, comuniqúese y publíquese.

Lúbrica del Presidente de la República.

Ego Aguirre,



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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